LA JUSTICIA FALLO EN CONTRA DE LA EMPRESA RAMON OVIEDO

PROVINCIALES 28 de abril de 2023 Por Espectáculo Noticias
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El Superior Tribunal de Justicia declaró, por unanimidad, inadmisible la acción de inconstitucionalidad interpuesta por la firma Ramón Oviedo contra la ley provincial 1407 que crea el servicio solidario de sepelio y cremación, con alcance en toda la provincia, el cual tiene carácter obligatorio y que se solventa con un aporte que la gente debe hacer al pagar la factura del servicio eléctrico en Ushuaia y Tolhuin a la DPE y en Rio Grande a la Cooperativa Eléctrica con el servicio de luz. 

En su demanda, Ramón Oviedo objeta que “bajo una supuesta solidaridad, le generan un enorme costo a los ciudadanos de la provincia que cuenten con un medidor de electricidad, destrozan la competencia y generan un monopolio en favor de una empresa privada, quien además se queda con el remanente de lo recaudado”. Esto último lo dice en relación a la Cooperativa Eléctrica de Río Grande. 

La decisión rechaza la demanda, al ser declarada inadmisible, indicando que Ramón Oviedo no acredita debidamente el perjuicio concreto que la ley le ocasiona. En su voto, el juez Muchnik señala que “de las posturas asumidas por las partes y de las pruebas producidas en el presente proceso, surge que no ha existido al día de la fecha un accionar identificable por parte de la Provincia que le genere un perjuicio actual y concreto a la sociedad actora”. 

La decisión judicial aclara además que “como se ha señalado en reiteradas oportunidades, la solución que se adopta en modo alguno implica evadir la alta misión conferida a este Superior Tribunal en lo que respecta al control de constitucionalidad atribuido por nuestra Ley Fundamental, sino situarlo en sus justos límites, a los fines de resguardar la división de poderes, resultando paradójico que, so pretexto de mantener incólume la supremacía de nuestra ley fundamental, este Estrado la transgrediera, desbordando el cauce que la misma le fijó en el ejercicio del control encomendado”. 

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